Bando de Alcaldía 05-2024 interconexiones de acometidas realizadas por particulares entre redes de riego y agua potable

  • 23/05/24 14:25

Ponemos en conocimiento de los vecinos la siguiente circunstancia:

LAS REDES DE AGUA DE RIEGO Y AGUA POTABLE SON Y DEBEN SER INDEPENDIENTES, realizar conexiones dentro de las acometidas particulares ocasionaría que pudiera introducirse agua de riego no tratada en la red de agua potable, lo que generaría PROBLEMAS DE SALUBRIDAD. En este caso el análisis de calidad del agua se detectaría valores que incumplen lo permitido en el Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

 

Así pues, en los núcleos de población que disponen del doble servicio está totalmente prohibido la instalación de interconexiones (bypass) entre acometidas de agua de riego y potable.

 

Estas actuaciones suponen una infracción MUY GRAVE, tipificada en el artículo 20 de la Ordenanza nº 27 Reguladora de convivencia ciudadana y protección de actuaciones antisociales, que podrá ser sancionada con multa de entre 1.001€ a 2.000€, a la que adicionará los costes en los que pueda incurrir el Ayuntamiento para reponer la situación a la legalidad.

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