Solicitud Ayudas a la natalidad y escolarización en el municipio de Pelabravo.

  • 15/01/21 12:15

En BOP nº 3 de 7 de enero de 2021 se ha publicado texto íntegro de la ORDENANZA Nº 30 REGULADORA DE AYUDAS A LA NATALIDAD Y ESCOLARIZACIÓN EN EL MUNICIPIO DE PELABRAVO.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta ordenanza los progenitores o adoptantes del niño, titulares del Libro de Familia, que cumplan los requisitos y condiciones que se indican a continuación:

 

CUANTÍA DE LAS AYUDAS:

  1. Niños de 0 a 1 año: Ayuda única  de 100 euros por hijo nacido o adoptado.
  2. Niños de 1 año a 2 años: Ayuda única de 100 euros por hijo nacido o adoptado.
  3. Niños de 2 año a 3 años: Ayuda única de 100 euros por hijo nacido o adoptado.

 

BENEFICIARIOS:

1.–Los progenitores o adoptantes del niño, titulares del Libro de Familia, en el que figure registrado su nacimiento o adopción. Si en el libro de familia figurase un solo progenitor, este será el único beneficiario.

2.–En los supuestos de nulidad, separación o divorcio de los progenitores, el beneficiario de la prestación será el padre/madre a cuya custodia hayan de quedar los hijos, de acuerdo con lo establecido en el convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio.

3.–En ningún caso podrán ser beneficiarios los progenitores privados total o parcialmente de la patria potestad de sus hijos, o cuya tutela haya sido asumida por una institución pública.

4.–Los extranjeros que residan en el municipio podrán ser beneficiarios de esta prestación siempre que cumplan las condiciones de la Ley orgánica 4/2000, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y los requisitos establecidos en esta normativa.

 

REQUISITOS

1.- Acreditar empadronamiento en el municipio, por al menos uno de los progenitores, con una antelación  mínima de 6 meses desde 1 de enero del año correspondiente. 

2.- Acreditar empadronamiento en el municipio del menor con anterioridad al 1 de enero del año correspondiente.

3.- Los beneficiarios deberán hallarse al corriente de las obligaciones fiscales municipales en el momento de concesión de la subvención.

4.- Los beneficiarios de la subvención deberán comprometerse a seguir al menos uno de ellos Empadronado en el municipio de Pelabravo, así como los niños motivantes de la concesión de la ayuda, por un periodo de tres años desde la concesión de la subvención. El incumplimiento de dicha condición dará lugar a la devolución de la totalidad de las ayudas recibidas.

5.- En el caso de la ayuda de niños de 2 a 3 años deberá acreditarse su escolarización en el centro educativo del municipio (C.R.A. Los Girasoles de Nuevo Naharros)

 

 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

1.- Solicitud firmada por padres, tutores

2.- Libro de Familia y DNI del beneficiario

3.- En su caso, Certificado de nacimiento o adopción expedidos por el Registro Civil correspondiente

4.- Resolución que acuerde la adopción.

5.- En los supuestos de nulidad, separación o divorcio se presentará el convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio.

6.- N.º de cuenta bancaria donde se efectuará el ingreso de la ayuda.

 

LUGAR Y PLAZOS DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

Podrá presentarse en la Sede Electrónica Municipal, mediante DNI electrónico, certificado digital, Cl@ve  PIN permanente o 24Horas.

El plazo de presentación de instancias finalizará el día 22 de febrero de 2021.

 

TUTORIAL Y  VIDEOTUTORIAL DEL PROCEDIMIENTO PARA OBTENCIÓN DE CL@VE  PIN

 TUTORIAL CLAVE PIN

 VIDEOTUTORIAL OBTENCIÓN CLAVE PIN

 

TUTORIAL Y  VIDEOTUTORIAL DEL PROCESO DE REGISTRO DE SOLICITUD EN SEDE ELECTRÓNICA MUNICIPAL

 ACCESO SEDE ELECTRÓNICA

PROCESO DE REGISTRO DE SOLICTUD EN SEDE ELECTRÓNICA MUNICIPAL

@2015 Ayuntamiento de Pelabravo - Ronda Cilla S/N. 37181 Pelabravo (Salamanca)
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