Me dirijo a los vecinos con la intención de recordarles la necesidad de mantenimiento y conservación de inmuebles y suelos en condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad y habitabilidad, de acuerdo con las condiciones establecidas por el Artículo 8 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León y art. 19 de su Reglamento de Desarrollo.
El mantenimiento de las condiciones anteriores se hace aún más importante en el caso de parcelas y en relación con los elementos vegetales y arbóreos ubicados en las mismas, especialmente de cara a evitar posibles riesgos de incendio de cara a la temporada estival.
Es por todo ello que emplazo a todos aquellos propietarios para que, UNA VEZ FINALICEN LAS RESTRICCIONES IMPUESTAS POR LA DECLARACIÓN DEL ESTADO DE ALARMA, procedan al acondicionamiento de las parcelas de su propiedad a fin de evitar riesgos innecesarios.
En el caso que una vez sea posible atender el requerimiento, no se ejecutasen las labores de limpieza se procederá a la incoación del correspondiente expediente de orden de ejecución compresiva de tales actuaciones y/o multas coercitivas.
En Pelabravo, a 6 de mayo de 2020.
Bando de Alcaldía 04-2020 Mantenimiento de parcelas en condiciones de salubridad
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